Articulo 11 TR. de la Ley sobre Régimen Jurídico del IVAP
Ver Indice
»Artículo 11.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Director del Instituto Vasco de Administración Pública será nombrado; y en su caso cesado, por Decreto del Gobierno, a propuesta del Consejero de la Presidencia, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Administración Pública.
Dicho cargó se regirá por el Estatuto de personal correspondiente a la categoría de Director, de conformidad con lo establecido en la Ley de Gobierno.
