Articulo 11 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 11. La Hacienda Foral de Bizkaia.
Vigente
1. La Hacienda Foral, a los efectos de esta Norma Foral, está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponda a la Diputación Foral o a sus organismos autónomos forales.
2. La Hacienda Foral se regirá por la presente Norma Foral, por la Norma Foral de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de cada ejercicio y por las demás disposiciones aplicables.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-12-2013 en vigor desde 14-12-2013