Articulo 11 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
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»Artículo 11. La Hacienda Foral de Bizkaia.
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1. La Hacienda Foral, a los efectos de esta Norma Foral, está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponda a la Diputación Foral o a sus organismos autónomos forales.
2. La Hacienda Foral se regirá por la presente Norma Foral, por la Norma Foral de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de cada ejercicio y por las demás disposiciones aplicables.
