Articulo 11 Trabajo a distancia -Derogado-
- Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Ley 10/2021, de 9 de julio. - Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.
Ver Indice
»Artículo 11. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.
2. Asimismo, se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.
