Articulo 11 Transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores
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Articulo 11 Transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores

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Artículo 11. Derechos de crédito.

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Los derechos de crédito del Fondo para la Financiación de los Pagos a los Proveedores 2 son derechos de la Hacienda Pública estatal, resultando de aplicación el régimen jurídico de los mismos conforme a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

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  • Texto Original. Publicado el 15-07-2014 en vigor desde 16-07-2014