Articulo 11 Viviendas y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico
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»Artículo 11.- Cumplimiento de normativa vigente.
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Las viviendas deberán cumplir los requisitos exigidos por la normativa en materia de infraestructuras, urbanismo, construcción y edificación, seguridad, medio ambiente, sanidad y consumo, higiene y salud laboral y prevención de riesgos laborales, así como cualquier otra normativa que les sea de aplicación.
