Articulo 11 Voluntades digitales
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»Artículo 11. Adición de una disposición final relativa a la ordenación del Registro electrónico de voluntades digitales
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Se añade una disposición final, la quinta, al libro cuarto del Código civil de Cataluña, con el siguiente texto:
(ANULADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (11 (se declara inconstitucional y nulo)) por Pleno. Sentencia 7/2019, de 17 de enero de 2019. Recurso de inconstitucionalidad 4751-2017. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 10/2017, de 27 de junio, de las voluntades digitales y de modificación de los libros segundo y cuarto del Código civil de Cataluña. Competencias sobre ordenación de los registros públicos de derecho privado: nulidad de los preceptos legales autonómicos relativos a la ordenación de voluntades digitales en ausencia de disposiciones de última voluntad, designación de persona encargada de ejecutar las últimas voluntades, registro electrónico de voluntades digitales y mediación para resolver las discrepancias surgidas en aplicación de la ley. Voto particular.
(BOE de 14-02-2019) en vigor desde 17-01-2019 - Modificación realizada (11 (se mantiene la suspensión de vigencia y aplicación en la redacción que da a la D.F. 5ª del Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 4751-2017, contra diversos preceptos de la Ley de Cataluña 10/2017, de 27 de junio, de las voluntades digitales y de modificación de los Libros Segundo y Cuarto del Código Civil de Cataluña.
(BOE de 27-03-2018) en vigor desde 20-03-2018 - Artículo modificado (11 (se suspende de vigencia y aplicación en la redacción que da a la D.F. 5ª del Libro Cuarto del Código Civil de Cataluña)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 4751-2017, contra diversos preceptos de la Ley de Cataluña 10/2017, de 27 de junio, de las voluntades digitales y de modificación de los Libros Segundo y Cuarto del Código Civil de Cataluña.
(BOE de 26-10-2017) en vigor desde 17-10-2017
