Articulo 11 Voluntariado ...iacionismo

Articulo 11 Voluntariado y el asociacionismo

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Artículo 11. Deberes de las entidades

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Las entidades con programas de voluntariado tienen los siguientes deberes.

a) Disponer de un plan de voluntariado o de participación que recoja los aspectos relativos a la gestión de los voluntarios dentro de la entidad.

b) Disponer de un plan de formación o de un itinerario formativo de los voluntarios de la entidad en los que pueda identificarse la formación que el voluntario necesita para poder llevar a cabo su labor en la entidad y participar en la misma.

c) Facilitar información sobre la misión y estilo de trabajo de la entidad de voluntariado a fin de garantizar el correcto encaje entre las aspiraciones de la entidad y las del voluntario.

d) Nombrar a una persona como responsable de la coordinación de los voluntarios de la entidad de voluntariado.

e) Formalizar la vinculación con el voluntario mediante la correspondiente hoja de compromiso, de acuerdo con lo establecido por el artículo 7, y cumplir los compromisos adquiridos.

f) Proveer al voluntario, de ser necesario, de un elemento identificador en el que conste, al menos, su condición de voluntario.

g) Mantener, en su caso, un registro en el que estén inscritos los voluntarios de la entidad de voluntariado, una descripción mínima de la actividad que llevan a cabo y cualquier dato que pueda facilitar la posterior certificación de su actividad, establecida por la letra h.

h) Certificar, a petición del voluntario, su participación y vinculación a los programas de la entidad de voluntariado, haciendo constar las actividades y funciones realizadas, el año de realización y el número de horas dedicadas, así como la formación llevada a cabo y su duración.

i) Asegurar los riesgos derivados de la actividad que lleva a cabo el voluntario y la responsabilidad civil de dichas acciones en todo momento, y asegurar asimismo las medidas de seguridad y salud de acuerdo con la normativa vigente.

j) Resarcir al voluntario, si así lo han acordado con él, de los gastos que pueda ocasionarle la acción voluntaria.

k) Garantizar el ejercicio del voluntariado de acuerdo con el contenido de la hoja de compromiso y los derechos reconocidos por la presente ley, y disponer de elementos facilitadores de la atención y seguimiento del voluntario.

l) Cumplir los deberes establecidos reglamentariamente en el correspondiente ámbito sectorial.

m) Adaptar las actuaciones a realizar por los voluntarios, atendiendo a su situación personal o a la de los demás actores del programa al que están vinculadas.

n) Facilitar la participación de los voluntarios en el diseño y ejecución de los programas de acción voluntaria que quieran desarrollarse.

o) Participar activamente en los protocolos y mecanismos establecidos para combatir los malos tratos y ponerlos en conocimiento de las autoridades policiales o judiciales en caso de detectarse indicios en las personas atendidas.

p) En el caso de las entidades con menos de cien voluntarios, los deberes a que se refieren las letras a, b y h pueden delegarse a las respectivas federaciones o a entidades de primer nivel, tras su aceptación, o pueden cumplirse, coordinadamente, con distintas entidades o mediante convenios con las administraciones públicas.