Articulo 110 Actividad física y deporte
Artículo 110. Infracciones muy graves.
1. Con independencia de las que, en lo referente a las reglas del juego o competición, figuren en las normas estatutarias y reglamentarias de las entidades deportivas aragonesas, en todo caso son infracciones muy graves de la disciplina deportiva las siguientes:
a) Las actuaciones dirigidas a predeterminar, mediante intimidación, precio u otros acuerdos, los resultados de los encuentros, pruebas o competiciones deportivas.
b) La promoción, incitación al consumo o práctica y la utilización directa de las sustancias prohibidas o de los métodos no reglamentarios en el deporte.
c) La negativa injustificada a someterse a los controles obligatorios contra el dopaje, o las acciones u omisiones que los impidan o perturben, siempre que dichos controles sean realizados por las personas y órganos competentes para ello.
d) La incitación al uso o la utilización directa de métodos violentos en la práctica de la actividad físico-deportiva incompatibles con esta.
e) La promoción, incitación a la práctica o la ejecución misma de conductas discriminatorias, racistas o xenófobas o intolerantes por cualquier circunstancia o condición personal, social, de género o identidad sexual.
f) La negativa injustificada a asistir a convocatorias para formar parte de las selecciones deportivas aragonesas.
g) La incitación a la violencia o el ejercicio directo de esta por parte de practicantes, jueces, técnicos, responsables o directivos cuando como consecuencia de ello se deriven daños físicos, materiales o morales.
h) Las manipulaciones de material o equipamiento deportivo en contra de las reglas técnicas, cuando puedan llegar a alterar el resultado de las pruebas y competiciones o pongan en peligro la integridad de las personas.
i) La reiteración de infracciones graves.
j) El quebrantamiento de sanciones impuestas por infracciones graves.
2. En lo que se refiere a las reglas del juego o en el desarrollo de la competición deportiva, se considerarán como infracciones muy graves los abusos de autoridad y la participación en aquellos quebrantando sanciones impuestas y no cumplidas.
- Texto Original. Publicado el 19-12-2018 en vigor desde 20-12-2018