Articulo 110 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
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Artículo 110. Prevención, reutilización y reciclado.

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La Consejería competente en materia de medio ambiente impulsará las actuaciones de investigación en el diseño y proceso de fabricación de los envases, tendentes a fomentar la prevención en origen de la producción de residuos.

Asimismo establecerá medidas de carácter económico y financiero que sean necesarias, con la finalidad de favorecer la reutilización y el reciclado de los envases.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2007 en vigor desde 20-01-2008