Articulo 110 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente
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»Artículo 110. Modificación de la Ley 8/2007 (Instituto Catalán de la Salud)
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Se añade una disposición adicional, la octava, a la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud, con el siguiente texto:
«Disposición adicional octava. Régimen retributivo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud que ocupe un cargo directivo
»El personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud que suscriba un contrato laboral de alta dirección para ocupar un cargo directivo tiene derecho a continuar percibiendo el importe del complemento de carrera profesional correspondiente al nivel de carrera que tiene reconocido como personal estatutario.»
