Artículo 110 TR. de la Ley de finanzas públicas
Ver Indice
»Artículo 110. Ámbito de aplicación de la evaluación de políticas públicas.
Vigente
Quedan sometidas a las disposiciones del presente capítulo las actuaciones de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de las entidades de su sector público.
Modificaciones
- Artículo modificado (110 (se añade)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020

