Articulo 111 -Banco de España-, a entidades de credito, sobre determinacion y co...rsos propios minimos
Articulo 111 -Banco de Es...os minimos

Articulo 111 -Banco de España-, a entidades de credito, sobre determinacion y control de los recursos propios minimos

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Norma centésima undécima. Información sobre los recursos propios computables.

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En relación con los recursos propios computables, deter­minados conforme a las normas de esta Circular, las «Entida­des» deberán hacer pública la siguiente información:

a) Información resumen sobre las principales características y condiciones de cada uno de los elementos que integren los recursos propios de la entidad, tanto básicos como de segunda categoría, así como de sus componentes, facilitando información separada sobre los instrumentos computados dentro de la letra i) del apartado 1 de la norma octava y valores análogos emitidos por empresas extranjeras y los que están sujetos a la disposición transitoria decimoséptima, indicando los que cuenten con incentivos a la amortización anticipada.

b) Importe total de los recursos propios básicos, detallando de forma separada cada uno de sus elementos y deducciones, indicando, también separadamente, los importes que, en su caso, no sean computables por exceder de los límites de cómputo recogidos en la norma undécima de la presente Circular. Asimismo, se facilitará información separada sobre el importe total de los instrumentos computados dentro de la letra i) del apartado 1 de la norma octava y valores análogos emitidos por empresas extranjeras y los que están sujetos a la disposición transitoria decimoséptima, indicando los que cuenten con incentivos a la amortización anticipada.

c) Importe total de los recursos propios de segunda cate­goría y de los recursos propios auxiliares, indicando de forma separada los importes que, en su caso, no sean computables por exceder de los límites recogidos en la NORMA UNDÉCI­MA de la presente Circular.

d) Importe total de recursos propios computables, netos de deducciones y considerados los límites establecidos en la presente Circular.