Articulo 111 Desarrollo de la Ley 14/2003, de calidad agroalimentaria
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»Artículo 111. Adscripción.
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111.1 El Inventario de productos de la tierra se adscribe a la dirección general competente en materia de calidad agroalimentaria.
111.2 La elaboración, la gestión y el mantenimiento del Inventario corresponde a la unidad competente en materia de denominaciones y marcas.
111.3 Los datos del registro son públicos, sin perjuicio de los datos de carácter personal, que están sometidos a la normativa sectorial en materia de protección de datos de carácter personal.
