Articulo 111 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización
Articulo 111 Medidas Fisc...ganización

Articulo 111 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 111

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se añade un nuevo apartado 5 al artículo 82 de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, con la siguiente redacción:

«5. La convocatoria del procedimiento de enajenación se publicará gratuitamente en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y se remitirá al Ayuntamiento del correspondiente término municipal para su exhibición en el tablón de anuncios, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar, además, otros medios de publicidad, atendida la naturaleza y características del bien.

La dirección general con competencias en materia de patrimonio podrá establecer otros mecanismos complementarios tendentes a difundir información sobre los bienes inmuebles en proceso de venta, indicándose si la iniciación ha sido de oficio por iniciativa propia o a instancia de parte interesada en la adquisición, así como el precio de venta y otras condiciones que se considere necesario difundir. Entre otros mecanismos se incluye la creación, con sujeción a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de ficheros con los datos de las personas que voluntaria y expresamente soliciten les sea remitida información sobre dichos bienes».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014