Articulo 112 Economía sostenible
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Artículo 112. El Fondo de Economía Sostenible.

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1. El Fondo de Economía Sostenible fue creado por acuerdo del Consejo de Ministros el 4 de diciembre de 2009, y durante su vigencia es el instrumento financiero del Estado para el apoyo a los particulares en el desarrollo de los principios y objetivos contenidos en esta Ley.

2. La Ministra de Economía y Hacienda presentará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, un informe trimestral sobre la evolución de las líneas de crédito vinculadas a las finalidades de esta Ley, y especialmente sobre el Fondo de Economía Sostenible.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-2011 en vigor desde 06-03-2011