Articulo 112 General Trib...e Gipuzkoa

Articulo 112 General Tributaria de Gipuzkoa

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Artículo 112. Plan de comprobación tributaria.

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El Departamento para la Fiscalidad y las Finanzas elaborará anualmente un Plan de comprobación tributaria, que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen.

Dicho plan de comprobación tributaria incluirá un Plan de Inspección con el contenido que se determine reglamentariamente.