Articulo 112 Reglamento de Caza

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Artículo 112. Certificados de homologación.

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Los Certificados de Homologación que emita la Junta de Homologación de Trofeos de Caza de La Rioja, se referirán a la calidad, puntuación y calificación de los trofeos conforme a las normas dictadas por la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, previo pago de su importe.

Los certificados de Homologación serán firmados por el Secretario con el visto bueno del Presidente, entregando el original al propietario del trofeo y conservando dos copias firmadas, una para el archivo de la Junta y otra para su envío a la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza.