Articulo 112 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Articulo 112 Reglamento d...as Físicas

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Artículo 112. Importe de las retenciones sobre premios.

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La retención a practicar sobre los premios en metálico será del 19 por 100 de su importe, salvo lo dispuesto en la disposición adicional decimoctava de la Norma Foral del Impuesto.

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  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014