Articulo 113 Agraria de I. Balears -Derogada-
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»Artículo 113. Gestión de la calidad
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Las administraciones públicas competentes en materia agraria de las Illes Balears potenciarán medidas de incentivación para la implantación de sistemas de gestión y mejora de la calidad, en relación con las empresas agrarias y agroalimentarias.
