Articulo 113 Atención y P... La Mancha

Articulo 113 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de La Mancha

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Artículo 113. Carácter regional de los recursos para la ejecución de medidas judiciales que conllevan internamiento.

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1. Los centros para la ejecución de medidas judiciales de internamiento de personas menores de edad dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o los concertados para ello, tendrán carácter regional.

2. No obstante, en base al principio de intervención mínima y de proximidad al entorno de convivencia de la persona menor de edad infractora, se priorizará el cumplimiento de medidas en el centro más próximo a su domicilio. La excepción a la regla de proximidad habrá de fundamentarse en criterios técnicos o de oportunidad.