Articulo 113 Deporte de E...-Derogada-

Articulo 113 Deporte de Euskadi -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 113. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las circunstancias que modifican la responsabilidad disciplinaria pueden ser atenuantes y agravantes.

2. Son circunstancias atenuantes:

a) La de haber precedido, inmediatamente a la comisión de la infracción, una provocación suficiente.

b) La del arrepentimiento espontáneo.

3. Son circunstancias agravantes:

a) La reiteración.

b) El precio.

4. En el ejercicio de la potestad disciplinaria deportiva los órganos disciplinarios podrán imponer la sanción en el grado que estimen oportuno, atendiendo a la naturaleza de los hechos, la personalidad de la persona responsable, las consecuencias de la infracción y la concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes.