Articulo 113 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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Artículo 113. Procedimiento para obtener la Certificación Gallega de Excelencia en Igualdad

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1. El procedimiento para obtener la Certificación Gallega de Excelencia en Igualdad se iniciará, a instancia de parte, mediante la presentación de la solicitud en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

2. La instrucción del procedimiento corresponderá a la unidad administrativa de igualdad de la consejería con competencias en materia de empleo, que solicitará, en todo caso, el informe del órgano de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia de igualdad sobre el cumplimiento de las condiciones exigibles para obtener la certificación, así como el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre el grado de implantación del plan de igualdad.

3. La concesión o denegación de la Certificación Gallega de Excelencia en Igualdad corresponderá a la persona titular de la consejería con competencias en materia de empleo.