Articulo 113 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
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Articulo 113 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público

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Artículo 113. Régimen jurídico.

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Las sociedades mercantiles estatales se regirán por lo previsto en esta Ley, por lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y por el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de personal, de control económico-financiero y de contratación. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública, sin perjuicio de que excepcionalmente la ley pueda atribuirle el ejercicio de potestades administrativas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016