Articulo 113 Ley de la Ju...nistrativa

Articulo 113 Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa

Ver Indice
»

Artículo 113.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Transcurrido el plazo de ejecución que se hubiere fijado en el acuerdo a que se refiere el artículo 77.3, cualquiera de las partes podrá instar su ejecución forzosa.

2. Si no se hubiere fijado plazo para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo, la parte perjudicada podrá requerir a la otra su cumplimiento y transcurridos dos meses podrá proceder a instar su ejecución forzosa.