Articulo 113 Transportes y Movilidad Sostenible de Asturias
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»Artículo 113. Registro de instalaciones de transporte por cable.
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La Consejería competente en materia de transportes creará y mantendrá actualizado un registro de las instalaciones de transporte por cable del Principado de Asturias, en el cual han de constar todas las instalaciones, sus características principales y las personas físicas o jurídicas que son sus titulares o las gestionan.
