Artículo 114. Ley 11/2026, de 9 de julio, Cataluña, Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
Artículo 114. Modificación del Decreto ley 16/2019, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables
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Se modifica la letra b del apartado 3 del artículo 9 del Decreto ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables, que queda redactada del siguiente modo:
«b) Se admite la implantación de instalaciones de producción de energía eléctrica destinadas a autoconsumo en suelos de clase agrológica I y II cuando estén vinculadas a un consumidor mediante cualquiera de las modalidades de autoconsumo establecidas por la normativa estatal.
»En particular, se incluyen dentro de este supuesto las instalaciones de autoconsumo conectadas a través de la red eléctrica siempre que la distancia entre la instalación de generación y el punto de consumo no supere los 5 kilómetros, de acuerdo con la normativa básica estatal.»
