Articulo 114 Ordenacion d... Carretera

Articulo 114 Ordenacion del Transporte por Carretera

Ver Indice
»

Artículo 114.- Prescripción.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año.

2. Las sanciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves al año.