Articulo 114 Plan básico autonómico
- El presente decreto y el plan que éste aprueba entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el art. 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el art. 199 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
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»Artículo 114. Tipologías edificatorias
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Edificación de carácter aislado, adosado o en hilera.
En el caso de existir medianeras edificadas en alguna de las parcelas laterales contiguas, la nueva construcción deberá adosarse obligatoriamente a ellas. Asimismo, dos propietarios podrán, mediante acuerdo, realizar edificaciones adosadas.
