Articulo 114 Puertos de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 119. Ejecución forzosa.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Para la ejecución forzosa de sus actos administrativos, Puertos de las Illes Balears utiliza las vías establecidas a este efecto en la legislación de procedimiento administrativo aplicable a la Administración de la comunidad autónoma.
Modificaciones
- Artículo modificado (114 (pasa a ser 119)) por Ley 6/2014, de 18 de julio, de modificación de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de Puertos de las Illes Balears
(PM de 26-07-2014) en vigor desde 27-07-2014
