Articulo 114 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal
Articulo 114 Reglamento d...r personal

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Artículo 114. Traslado de documentación.

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Siempre que se proceda al traslado físico de la documentación contenida en un fichero, deberán adoptarse medidas dirigidas a impedir el acceso o manipulación de la información objeto de traslado.

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  • Texto Original. Publicado el 19-01-2008 en vigor desde 19-04-2008