Articulo 115 Deporte de Andalucía

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Artículo 115. Concepto y clasificación de las infracciones.

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1. Constituyen infracciones administrativas en materia deportiva las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas por la presente ley.

2. Las infracciones administrativas en materia de deporte se clasifican en muy graves, graves y leves.