Articulo 115 Deporte de Galicia
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»Artículo 115. Calificación de las infracciones. Procedimiento aplicable.
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Las infracciones administrativas en materia deportiva pueden ser muy graves, graves o leves. En cuanto régimen sancionador público, será de aplicación el procedimiento sancionador de la Xunta de Galicia y, en su defecto, el Real Decreto 1398/1993, de 4 agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
