Articulo 115 Protección I...olescencia

Articulo 115 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 115. Concepto y contenido

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1. El acogimiento familiar es una medida de protección por la que la guarda de un menor se ejerce por una persona o familia que asume las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral.

2. El acogimiento familiar será de aplicación preferente para los menores cuanto menor sea su edad, favoreciendo la permanencia en su propio ambiente y entorno familiar, salvo que no sea conveniente para su propio interés.