Artículo 116 Ley 3/2026,... Andalucía

Artículo 116. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía

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Artículo 116. Empresas, industrias y cooperativas forestales.

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1. El tejido empresarial forestal de Andalucía comprende el conjunto de empresas, cooperativas y entidades cuya actividad se desarrolla en el ámbito de la selvicultura y los aprovechamientos forestales, la industria de la madera y el corcho, la industria del papel, así como los servicios técnicos y auxiliares vinculados a la gestión forestal.
2. La Administración forestal andaluza impulsará la colaboración con las empresas, industrias y cooperativas forestales, en su condición de agentes clave del sector forestal andaluz por su capacidad para distribuir riqueza y crear empleo en el medio rural.
3. Se articulará esta colaboración público-privada a través de mecanismos como la licitación pública, los convenios o los acuerdos de colaboración, entre otros, favoreciendo la innovación, la aplicación de nuevas tecnologías emergentes y la creación de comunidades de emprendimiento en el sector forestal.
4. Asimismo, la Administración de la Junta de Andalucía impulsará la renovación y modernización de la maquinaria y de los medios técnicos necesarios para la ejecución de obras y servicios forestales, mediante programas de apoyo, incentivos o líneas de financiación dirigidos al conjunto del tejido empresarial forestal.