Articulo 116 Patrimonio H... Andalucía

Articulo 116 Patrimonio Histórico de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 116. Destino de las multas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Los importes de las multas impuestas en concepto de sanciones se destinarán a la conservación y restauración de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de los que sea titular la Comunidad Autónoma de Andalucía o que la misma gestione.