Articulo 116 Régimen loca...Valenciana

Articulo 116 Régimen local de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 116. Propuestas de resolución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los grupos municipales o una cuarta parte de los miembros de la corporación podrán presentar al Pleno propuestas para su debate y votación.

2. Se incluirán en el orden del día las propuestas presentadas con diez días naturales de antelación a la fecha del Pleno ordinario. Si la propuesta se presentara pasado dicho plazo sólo podrá procederse a su debate y votación plenaria mediante acuerdo previo que aprecie su urgencia adoptado por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.