Articulo 116 Reglamento g...e Cataluña

Articulo 116 Reglamento general de carreteras de Cataluña

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Artículo 116. Clasificación.

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Los accesos se clasifican, según su uso e intensidad del tráfico, tanto si son directos como resultantes de un vial de conexión, en las siguientes categorías:

  1. Primera. Tienen esta categoría todos los accesos que generen más de 1.000 vehículos/día de IMD y en cualquier caso todos los de las estaciones de servicio.

  2. Segunda. Tienes esta categoría todos los accesos que generen entre 100 y 1.000 vehículos/día de IMD y en cualquier caso las vías que conecten con zonas industriales, comerciales, residenciales y de servicios.

  3. Tercera. Vías o accesos con IMD menor de 100 vehículos.