Articulo 117 Actividad Fí...e Asturias

Articulo 117 Actividad Física y Deporte de Asturias

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Artículo 117.-Extinción de responsabilidad.

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La responsabilidad disciplinaria deportiva se extingue:

a) Por cumplimiento de la sanción.

b) Por prescripción de la infracción y de la sanción.

c) Por fallecimiento de la persona infractora.

d) Por disolución de la entidad deportiva sancionada.