Articulo 117 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
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»Artículo 117. Objeto de las Normas Urbanísticas Municipales.
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El objeto principal de las Normas Urbanísticas Municipales es establecer la ordenación general del término municipal. Otros objetos de las Normas son:
a) Establecer la ordenación detallada del suelo urbano consolidado.
b) Establecer la ordenación detallada en los sectores de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable en los que se considere oportuno habilitar su ejecución directa sin necesidad de planeamiento de desarrollo.
