Articulo 117 Normas para ...o del RETA

Articulo 117 Normas para aplicación y desarrollo del RETA

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Artículo 117. Contenido de la prestación.

Vigente

La asistencia sanitaria será prestada con igual amplitud que en el Régimen General de la Seguridad Social se otorgue a los pensionistas y a sus familiares o asimilados.