Articulo 117 Regimen juri... actividad

Articulo 117 Regimen juridico de las licencias integradas de actividad

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Artículo 117. Infracciones muy graves.

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Se consideran infracciones muy graves:

  1. La omisión sustancial de las condiciones de seguridad de la actividad que puedan suponer un riesgo grave e inminente para las personas.

  2. La expedición irregular de certificaciones o documentos técnicos en los que se omitan o alteren aspectos esenciales de su contenido.

  3. La realización de alguna de las actividades prohibidas indicadas en el artículo 17 de esta Ley.

  4. El incumplimiento de las resoluciones de prohibición o suspensión de actividades, de clausura del local o establecimiento o de suspensión de la licencia o autorización, durante su periodo de ejecución.

  5. Negar el acceso al local o recinto a los o a las agentes de la autoridad que se encuentren en el ejercicio de sus funciones, impidiendo u obstaculizando la inspección.

  6. La cesión o el arrendamiento de terrenos, locales o instalaciones para la realización de actividades que carezcan de autorización o licencia.

  7. Superar al menos el 30% de la capacidad máxima permitida de espectadores o espectadores, concurrentes o usuarios o usuarias.