Articulo 117 Uso estratégico de la contratación pública
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Artículo 117. Naturaleza jurídica y adscripción.

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1. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón es un órgano colegiado especializado, adscrito orgánicamente al departamento competente en materia de contratación pública, que goza de plena independencia funcional en el ejercicio de sus competencias de revisión de los procedimientos de contratación promovidos por las entidades mencionadas en el artículo 2 de esta ley.

La denominación "Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón" queda reservada a este órgano.

2. El Tribunal actuará con objetividad e imparcialidad, sin sujeción a vínculo jerárquico alguno ni instrucciones de ninguna clase de los órganos de las Administraciones públicas afectadas.

3. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón tiene competencia en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-05-2023