Articulo 118 Aguas de La Mancha
- Quedan suspendidos, en todos sus efectos, las disposiciones de los capítulos II y III del título V (arts. 43 a 87) de esta ley. - Ley 4/2022 de 22 de Abr C.A. La Mancha (Suspensión de la aplicación del canon medioambiental del agua)
- La Ley 1/2024, de 15 de marzo deroga la Ley 4/2022, de 22 de abril, por la que se había suspendido la aplicación del canon medioambiental del agua previsto en en esta ley (arts. 43 a 87). - Ley 1/2024 de 15 de Mar C.A. La Mancha (Medidas Administrativas y Creación de la Agencia de Transformación Digital)
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»Artículo 118. El pago de la sanción.
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1. El pago voluntario de las multas impuestas deberá efectuarse, sin recargo, en el plazo máximo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Transcurrido dicho plazo la Administración procederá al cobro por la vía de apremio.
2. Los ingresos procedentes de las sanciones se destinarán a la realización de las inversiones señaladas en el artículo 43.2.
