Articulo 118 Contratos públicos -Derogada-
Articulo 118 Contratos pú...-Derogada-

Articulo 118 Contratos públicos -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 118. Procedimiento de revisión.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las fórmulas de revisión servirán para calcular, mediante la aplicación de índices de precios, los coeficientes de revisión en cada fecha respecto a la fecha final del plazo de presentación de ofertas o la de la adjudicación en el procedimiento negociado, aplicándose sus resultados a los importes líquidos de las prestaciones realizadas.

2. Cuando se utilicen fórmulas de revisión de precios en los contratos de obras y de suministro de fabricación se procederá a la revisión mediante la aplicación del coeficiente resultante de aquéllas sobre el precio liquidado en la prestación realizada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006