Articulo 118 Empleo público de La Mancha

Articulo 118 Empleo público de La Mancha

Ver Indice
»

Artículo 118. Excedencia forzosa.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El personal funcionario en situación de expectativa de destino pasará a la situación de excedencia forzosa por el transcurso del periodo máximo establecido para la misma o por el incumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 117.3.

2. El personal funcionario en excedencia forzosa tiene derecho a percibir las retribuciones básicas, así como al cómputo del tiempo en dicha situación a efectos de trienios.

3. El personal funcionario en excedencia forzosa está obligado a:

  1. Aceptar los puestos adscritos o abiertos a su cuerpo o escala que se le ofrezcan.

  2. Participar en concursos de provisión de puestos de trabajo, solicitando todos aquellos para los que cumpla los requisitos que figuren en las relaciones de puestos de trabajo.

  3. Participar en los cursos de formación a los que se les convoque, siempre que sean adecuados a las funciones del cuerpo o escala a que pertenezca.

4. El incumplimiento de las obligaciones recogidas en este artículo determina el pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

5. El personal funcionario en excedencia forzosa no puede desempeñar puestos de trabajo en el sector público bajo ningún tipo de relación funcionarial o contractual, sea esta de naturaleza laboral o administrativa, excepto aquellos que, de acuerdo con la normativa sobre incompatibilidades, sean compatibles.

Si dicho personal obtiene un puesto de trabajo incompatible en el sector público pasará a la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.