Artículo 118 Ley 3/2026,... Insulares

Artículo 118. Ley 3/2026, de 16 de junio, Canarias, Cabildos Insulares

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Artículo 118. Participación en la planificación, programación y gestión de obras y servicios.

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1. Con la finalidad de armonizar los intereses cuya gestión corresponde a los cabildos insulares, y sin perjuicio de los supuestos en que con arreglo a la normativa aplicable hayan de evacuarse los preceptivos trámites de consulta, audiencia o informe de las distintas Administraciones públicas, en los procedimientos de planificación, programación y gestión de obras y servicios que afecten directamente a los cabildos insulares cuya formulación y aprobación corresponda a la Administración pública de la comunidad autónoma se facilitará la participación de los mismos.

2. La participación podrá consistir en el otorgamiento de un plazo de audiencia para formular observaciones o sugerencias, en la emisión de informes previos, en la intervención directa en la realización de los trabajos de elaboración de los planes o programas, así como cualquier otra forma que a este efecto proponga el Consejo de Colaboración Insular.

3. En el caso de obras o infraestructuras cuya formulación y aprobación corresponda a la Administración de la comunidad autónoma y cuya recepción y mantenimiento posterior corresponda al cabildo insular, la Administración de la comunidad autónoma entregará la documentación técnica y de garantías necesaria al cabildo insular en la que se certifique la correcta conclusión de la obra. Para poder proceder a firmar el acta de recepción de la correspondiente obra se requerirá de informe favorable del cabildo insular tras la oportuna verificación de la documentación y del estado de la misma. En el caso de no obtenerse un informe favorable, corresponderá a la Administración de la comunidad autónoma el coste del mantenimiento y realizar cuantas actuaciones se requieran para subsanar el estado de la actuación no finalizada, hasta que se pueda recepcionar previa evaluación y emisión de un informe favorable del cabildo insular.