Articulo 118 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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»Artículo 118.
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Se modifica la regla 1 del apartado 2 del artículo 89 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de La Generalitat, que queda redactada como sigue:
El componente de número de tarjetas sanitarias del personal facultativo de los equipos de atención primaria se determinará mensualmente en función de las tarjetas correspondientes a personas empadronadas y registradas en el sistema de información poblacional (SIP) el primer día de cada mes natural.
