Articulo 118 Prevención y Protección Ambiental
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 118. Vía de apremio.
Vigente
Tanto el importe de las sanciones como el de las indemnizaciones pertinentes serán exigibles mediante el procedimiento administrativo de apremio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-12-2014 en vigor desde 11-12-2014