Articulo 118 Reglamento d...o Judicial

Articulo 118 Reglamento del Mutualismo Judicial

Ver Indice
»

Artículo 118. Prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas o monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La prestación se reconocerá en los mismos términos y condiciones que los previstos para el Régimen General de la Seguridad Social, correspondiendo a la Mutualidad General Judicial, en el ámbito de su colectivo, el reconocimiento del derecho a la misma y su gestión.