Articulo 118 Tasas y Prec...-Derogada-

Articulo 118 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-

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Artículo 118. Devengo.

Vigente

La tasa se devengará en el momento en que se presente la solicitud de prestación del servicio que constituya el hecho imponible.